Tamiz neonatal ampliado e interés superior de la niñez en la salud
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Resumen
Recientemente fue desechada una reforma en la Ley General de Salud cuyo fin era el de hacer obligatorio en todo el país el tamiz neonatal ampliado. Fue evidente el desconocimiento de la responsabilidad que tiene el Estado mexicano con la niñez, debido al interés superior de la misma y de conformidad con la Constitución y con los tratados internacionales en materia de derechos humanos, así como la responsabilidad internacional en este tema de salud y específicamente en este grupo poblacional sobre la prevención y progresividad hacia el logro de un actuar ético indiscutible en donde la beneficencia y la equidad social son necesarias.
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Citas
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos [Internet]. [consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum.htm
Ley General de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. [Internet]. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgdnna.htm
SEMAR. ¿Qué es el tamiz neonatal? [Internet]. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1015/tamiz_neonatal.pdf
Diagnóstico Clínico y Molecular. 7 son las enfermedades que pueden ser tamizadas a su bebé en DICLIM [Internet]. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://diclim.com.mx/tamiz-neonatal/67-enfermedades-del-tamiz-neonatal/
OMS [Internet]. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://www.who.int/bulletin/volumes/90/6/12-020612/es/ también referido en la página de la Secretaría de Salud Federal [Internet]. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://www.gob.mx/salud/articulos/que-son-las-enfermedades-raras-193280idiom=es#:~:text=De%20acuerdo%20con%20la%20Organizaci%C3%B3n%20Mundial%20de%20lahabitantes%20y%20existen%20m%C3%A1s%20de%20siete%20mil%20enfermedades
Federación Mexicana de Enfermedades Raras [Internet]. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://www.femexer.org/page/96/
Federación Mexicana de Enfermedades Raras. En México más de siete millones de personas padecen enfermedades raras [Internet]. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://www.femexer.org/17240/en-mexico-mas-de-siete-millones-de-personas-padecen-enfermedades-raras/ fecha de consulta: 20/07/2022
Genos médica. Enfermedades detectadas en el Tamiz Neonatal Ampliado [Internet]. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://www.genosmedica.com/servicios/tamiz-metabolico-ampliado/enfermedades-detectadas-en-el-tamiz-neonatal-ampliado/
Feito L. Ética profesional de la enfermería. Madrid: PPC; 2000. p. 148.
¿Cómo define la OMS la salud? [Internet]. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://www.who.int/es/about/frequently-asked-questions
Gracia D. Bioética clínica. Santafé de Bogotá: El Búho;1998. p. 19.
El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud (artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. 22º período de sesiones; 2000. U.N. Doc. E/C.12/2000/4 (2000) [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://www3.paho.org/hr-ecourse-s/assets/_pdf/Module1/Lesson2/M1_L2_21.pdf
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos [Internet]. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum.htm
Ley General de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes [Internet]. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgdnna.htm
Convención Americana sobre Derechos Humanos [Internet]. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Programas/TrataPersonas/MarcoNormativoTrata/InsInternacionales/Regionales/Convencion_ADH.pdf
Convención sobre los Derechos del Niño [Internet]. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://www.un.org/es/events/childrenday/pdf/derechos.pdf
Corte Interamericana de Derechos Humanos. Opinión Consultiva OC-17 del 28 de agosto de 2002. Condición jurídica y derechos humanos del niño [Internet]. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/opiniones/seriea_17_esp.pdf
Corte Interamericana de Derechos Humanos. Opinión Consultiva OC-17-16 del 28 de agosto de 2002. Condición jurídica y derechos humanos del niño [Internet]. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/opiniones/seriea_17_esp.pdf
Observación general núm. 14 (2013) sobre el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial (artículo 3, párrafo 1). Comité de Derechos del Niño. párr. 51. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://www.observatoriodelainfancia.es/ficherosoia/documentos/3990_d_CRC.C.GC.14_sp.pdf
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, marzo de 2011; p. 2188. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/162562
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, marzo de 2011; p. 2187. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/162563
[TA]; 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro IX, junio de 2012, Tomo 1; p. 259. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2000987
[ TA]; 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro IX, junio de 2012, Tomo 1, p. 261. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2000989
Corte Interamericana de Derechos Humanos. Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanlos [Internet]. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://www.oas.org/es/CIDH/jsForm/?File=/es/cidh/mandato/basicos/reglamentocidh.asp
Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso de la Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni vs. Nicaragua (Fondo, Reparaciones y Costas), Sentencia del 31 de agosto de 2001, serie C, núm. 79, párrs. 146-148; Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Comunidad Indígena Yakye Axa vs. Paraguay (Fondo, Reparaciones y Costas), doc. cit., párr. 125; y Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso de la Masacre de Mapiripán vs. Colombia (Fondo, Reparaciones y Costas), Sentencia del 15 de septiembre de 2005, serie C, núm. 134, párr. 106
La índole de las obligaciones de los Estados Parte (párrafo 1 del artículo 2 del Pacto). Quinto periodo de sesiones; 1990. U.N.Doc.EI1991123, párr. 9. Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Comentario General 3 [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://www.escr-net.org/es/recursos/observacion-general-no-3-indole-obligaciones-estados-partes
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales [Internet]. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/instruments/international-covenant-economic-social-and-cultural-rights
Corte Constitucional de la República de Colombia. Sentencia C-130/02 [Internet]. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/
Los Principios de Limburgo sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales [Internet] junio de 1986. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: http://www.derechoshumanos.unlp.edu.ar/assets/files/documentos/los-principios-de-limburg-sobre-la-aplicacion-del-pacto-internacional-de-derechos-economicos-sociales-y-culturales-2.pdf
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Evaluación de la obligación de adoptar medidas hasta el “máximo de los recursos de que disponga” de conformidad con un protocolo facultativo del pacto, e/c.12/2007/1 [Internet]. 11 de septiembre de 2007, párr. 5. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G07/441/66/PDF/G0744166.pdf?OpenElement
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. La observación analiza el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud (artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales). Cuestiones sustantivas que se plantean en la aplicación del pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales, e/c.12/2000/4 [Internet] 11 de agosto de 2000. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: https://www.refworld.org.es/publisher,CESCR,GENERAL,,47ebcc492,0.html
Observación general sobre el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud (art. 24) [Internet]. [Consultado 21 de julio de 2022]. Disponible en: http://www2.ohchr.org/spanish/bodies/crc/callsubmissionsCRC.htm
Fereira, E. Ética y Valores en la nueva PDVSA (presentación), Venezuela, 2005, [citado en la tesis doctoral del Dr. Oscar Diego Bautista, La ética en la gestión pública]. Disponible en: http://ri.uaemex.mx/bitstream/handle/20.500.11799/58629/ucm-t29799.pdf?sequence=1&isAllowed=y
VV. AA. En las fronteras de la vida: ciencia y ética de la clonación. Actas de la Jornada organizada por la Fundación Ciencias de la Salud, 16 de enero de 1998, Madrid: Doce Calles. (Colección debates de la Fundación de Ciencias de la Salud Ética y Humanidades).
Jonas H. Philosophical Essays: From ancient creed to technological man. Chicago: Atropos; 1974.
Jonas H. El Principio de responsabilidad: ensayo de una ética para la civilización tecnológica. España: Herder; 1995.