Importancia de los asuntos que conoce el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en materia de Amparo
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Abstract
En el Estado moderno ya por amplitud y la diversidad de las controversias, no es posible concentrar en las manos de un solo o de pocos jueces la función jurisdiccional, siendo esta como lo indica Ugo Rocco donde: “El Estado es, y debe aparecer como el órgano específico de la actuación del derecho, por cuanto a la actividad encaminada actuar el derecho se desarrolla siempre en interés de la sociedad, y al mismo tiempo en interés particular de distintos sujetos determinados de derecho”. En efecto, encontramos que el Estado tiene siempre un interés propio al igual que el derecho, que consiste en asegurar la satisfacción de los intereses generales de los individuos que conviven en sociedad. Por lo tanto, es preciso instituir un gran número de jueces, para llegar así a un completo ejercicio de la propia función jurisdiccional.
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