Análisis Histórico-Jurídico de las Fracciones I, II, III y IV del Artículo 73 de la Ley de Amparo

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Raúl Pérez Johnston

Abstract

El juicio de amparo, como garantía de la Constitución, no puede ser promovido en cualquier forma y contra cualquier acto, ya que de lo contrario perdería su finalidad más preciada, la de constituir una defensa eficaz contra los abusos de la autoridad que vulneren los derechos que la Constitución otorga a todo gobernado.

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How to Cite
Pérez Johnston, R. (2004). Análisis Histórico-Jurídico de las Fracciones I, II, III y IV del Artículo 73 de la Ley de Amparo. Iuris Tantum, 19(15), 141–188. Retrieved from https://publicaciones.anahuac.mx/index.php/iuristantum/article/view/2169
Section
Estudios Varios